Ana Lilia Ulloa Cuéllar
Reflexiones Sobre el Poder Político Desde la Propuesta de Luis Villoro
Dra. Ana Lilia Ulloa Cuellar
En esta ocasión voy a presentar, algunas reflexiones filosóficas sobre el poder fáctico desde el análisis del poder político.
Como sabido es, el poder político esta presente tanto en un poder público, como en un poder fáctico. En términos generales, podemos decir que el poder público es un poder político que remite a la esfera del gobierno, mientras que el poder fáctico es aquel poder político, que remite a todo aquello que está fuera del gobierno: a la sociedad, a los partidos políticos, a los sindicatos, a las iglesias, etc.
Pero iniciemos por el principio. ¿Qué entendemos por poder político?.
Mientras el poder a secas puede ser caracterizado con palabras de Foucault como la capacidad y el modo de dirigir las acciones de otros, o como dice Bobbio, es la capacidad o posibilidad de obrar, de producir efectos, y puede ser referida tanto a los individuos o grupos humanos como a objetos o fenómenos de la naturaleza.
El poder político por su parte es entendido, como la capacidad de dirigir las acciones de otro u otros, con el propósito de que estas acciones incidan en la estructura de la sociedad. Bajo esta perspectiva tenemos entonces, una primera gran clasificación del poder político: el poder político de la esfera pública y el poder político de la esfera fáctica.
En cuanto a la estructura del poder público, se dice que ésta es más compleja que la estructura de los poderes fácticos, y que el poder público tiene mayor fuerza que el poder fáctico, sobre todo si tomamos en cuenta que el poder público tiene el monopolio del aparato policiaco y militar. No obstante, mucha de la fuerza del poder público proviene de la fuerza del poder fáctico.
La fuerza del poder público se debe a ciertos poderes, como los económicos, los religiosos, los de las corporaciones sindicales, etc, que forman parte de la esfera fáctica. De esta forma podemos decir, que el poder público no es un poder completamente independiente del poder fáctico, más bien entre ambos se presentan relaciones dialécticas, contextuales e históricas.
Por ello el análisis del poder fáctico nos lleva de una u otra forma al análisis del poder público y viceversa. Sin embargo, por motivos didácticos y por los objetivos de esta mesa, nos enfocaremos en esta ocasión al poder fáctico.
En Partidos políticos y nuevos movimientos sociales, Claus Offte nos dice:
En los años setenta ha sido corriente que los politólogos y los expertos en sociología política constaten la fusión de las esferas política y no política de la vida social al analizar el cambio de estructuras y la dinámica en la política de Europa Occidental. Se está cuestionando la utilidad analítica constante de la dicotomía convencional entre el "Estado" y la "sociedad civil". Se observan procesos de fusión entre ambas esferas, no sólo a nivel de manifestaciones globales sociopolíticas, sino también al nivel [...] [de] algún interés sistemático.
Algunos ejemplos de poderes que conforman el ámbito del poder fáctico son: el poder económico, las empresas transnacionales, los grandes grupos de comunicación, redes, monopolios de producción y distribución de bienes de primera necesidad, grupos criminales organizados, organizaciones corporativas emergentes, partidos políticos, la iglesia, etc. Importante resulta señalar que algunos de estos llegan a tener más poder político, que el propio poder público, o por lo menos un poder político tan significativo, que se hace necesario la regulación jurídica de estos, y todos los poderes fácticos emergentes.
Se trata de limitar el poder y asegurar que su ejercicio se ajuste al orden jurídico, preservando a la vez las libertades públicas.
En el poder fáctico encontramos a su vez, fuerzas políticas tanto positivas como negativas. Negativas en el sentido de que detienen la transición a una democracia, y positivas, porque coadyuvan en la transición o construcción de la democracia.
Si bien es cierto que por cuestiones de equidad, la regulación jurídica debe establecerse para estos dos subsistemas del poder fáctico; fuerzas positivas y fuerzas negativas, no obstante, para los que bloquean la construcción del Estado democrático, es para los que urge la regulación y el freno de sus impactos económicos y sociales, que ocasionan a la sociedad.
Ejemplo de fuerzas fácticas negativas, son sin duda empresas transnacionales, redes oligopólicas de producción y distribución de bienes de primera necesidad, grandes grupos de comunicación, etc.Muchos de estos han actuado sobre el sistema político en forma subterránea, a través de partidos y se han hecho oír en las cámaras legisladoras e incluso en el propio poder ejecutivo, con el objetivo de obtener ventajas y prebendas casi siempre ilegítimas. Incluso a veces esos grupos se han decidido a lanzar directamente su propia opción política.
Para afrontar el reto de los nuevos poderes emergentes el constitucionalismo contemporáneo, de acuerdo con Miguel Carbonell, es mucho y poco a la vez lo que puede hacer. Respecto de los poderes locales, es decir, de aquellos que tienen una sede física y una existencia jurídica establecida en el territorio nacional quizá convendría ir pensando en abrir alguna vía procesal que permita demandar jurisdiccionalmente la violación de los derechos fundamentales por parte de lo particulares.
Se trata de obtener una eficacia horizontal de los derechos fundamentales, es decir, fundamental de los de ?un constitucionalismo de la igualdad? para diferenciarlo del constitucionalismo clásico que tenia como valor fundamental solamente la libertad. Sin embargo, el problema se vuelve más complejo y difícil con "... aquellos poderes privados que no tienen una sede física dentro del país pero que operan de manera indirecta sobre personas e instituciones [como sucede por ejemplo con el capital financiero internacional]. Las posibilidades de respuesta son mucho más limitadas".
De esta forma tenemos que mucho de los poderes fácticos emergentes, son eminentemente un enemigo fuerte del Estado democrático contemporáneo.
Por su parte para los poderes fácticos que coadyuvan a la construcción o transición a la democracia, resulta importante su impulso y desarrollo, el cual puede llevarse a cabo a través de diferentes vías, una de estas vías puede ser un tipo de modelo de asociación para la libertad, propuesta por Luis Villoro, en su texto: Fundamentos sobre una ética política.
De acuerdo con Villoro:
"la asociación política es la primera respuesta colectiva al mal radical. Porque el mal radical es para la sociedad su destrucción [...]. La asociación política es resultado de una primera operación de la racionalidad: la que establece orden y estructura en el caos".
La razón da forma a lo informe [con esto tenemos] una primera clase de asociación política cuyo valor prioritario es el orden, lo cual no quiere decir que estén ausentes otros valores comunes, sino sólo que estarán subordinados al mantenimiento de la armonía del todo. Pero la asociación política para el orden puede remitir tanto a un orden justo como a un orden injusto.
El establecimiento de un orden político fue la primera respuesta contra el mal radical: la disgregación y la violencia generalizada. Pero la asociación para el orden crea un mal segundo: la dominación. La dominación es una segunda forma de disgregación y de violencia. Aísla a las personas y a los grupos, al oponerlos entre sí; la violencia que ejerce ya no es desordenada, consiste en la opresión misma del orden político.
Por ello, de aquí se hizo necesario pasar a otro nivel que no sólo vela por la seguridad y pertenencia, sino que además asegura a sus miembros, la capacidad de dar sentido a su vida personal. Capacidad de dar sentido, que implica siempre libertad. Pero una libertad normada por la ley, es decir, la libertad civil.
La ausencia de un orden normativo eliminaría también la sanción, pero en lugar de lograr la libertad, dejaría abierto el camino a una consecuencia peor: la disolución de la sociedad en el desorden o a su esclavitud a la tiranía del más fuerte.
Este nuevo nivel ha recibido el nombre de asociación para la libertad.
La asociación para la libertad presenta variantes, cuyos extremos serían dos modelos alternativos [el modelo liberal y el modelo igualitario]en ambos se considera la asociación política como resultados de un convenio entre personas libres y racionales, que tienen por principal objeto preservar su libertad. En ambos, por lo tanto, se acepta la pluralidad de concepciones sobre el bien común y se trata a todos por igual.
Sin embargo, entre ambos existen diferencias significativas. En cuanto al modelo liberal e incluso el neoliberalismo, son muchas las críticas y las fallas que presenta, conocidas ya por todos ustedes. Por su parte, el modelo igualitario no sólo defiende la libertad del individuo, sino que lucha a su vez por desaparecer las desigualdades extremas y no considera que el Estado sea neutral. Sin embargo, esto a su vez da lugar a una paradoja: para asegurar la libertad de las personas frente al poder es menester emplear el poder.
En una sociedad competitiva, tienen que restringirse las libertades de algunos en favor de la de todos. Pero entonces sobre la tolerancia de las diferencias, el Estado tiene que proponer como fin común la cooperación.
Las consecuencias prácticas de la sustitución de la tolerancia por la cooperación son importantes. El Estado tendría como tarea primordial, la disminución y la eliminación, en lo posible, de toda situación de marginalidad o discriminación, que impida alcanzar la igualdad de oportunidades [y por supuesto] esta tarea tendría que ejercerse en diversos campos.
En el caso de las personas o las comunidades que no están aun en situaciones que permiten la autodeterminación, obliga a una política voluntariamente dirigida a igualar oportunidades, manteniendo en lo esencial las libertades, pero limitándolas temporalmente si fuera necesario, para crear las condiciones en que puedan efectivamente ejercer su libertad toda persona y/o comunidad.
Se llegaría así a una política de acciones preferentes en favor de los desfavorecidos y en perjuicio de los intolerantes, como medio para terminar con las discriminaciones existentes. El Estado adoptaría entonces medidas voluntaristas en favor de la igualdad de trato a los que son diferentes y, por serlo, son víctimas de discriminación.
Pero desde nuestra perspectiva, esta asociación para la igualdad, se provee de la fuerza de ciertos ámbitos del poder fáctico, en la medida en que este presione al ámbito público para que dirija sus fuerzas al horizonte del modelo igualitario.
Una política igualitaria propone, un valor común a todos los miembros de la sociedad. En este modelo la justicia no se reduce a un simple procedimiento, sino que está interrelacionada y es producto de una voluntad común, para la realización de un orden ético, que no deriva de las elecciones particulares o de grupo. Su ideal es el de una sociedad en la que fuera posible, la realización plena de toda opción libre de vida, personal y colectiva, en la cooperación recíproca.
Otro aspecto distintivo entre el modelo neoliberal y el modelo igualitario, es que aquél no implica necesariamente la democracia, mientras que el modelo igualitario al tener por condición la igualdad, la libertad, y que todos participen en las decisiones comunes, implica necesariamente un horizonte democrático.
El modelo igualitario es un modelo político, que pide al Estado su intervención en la sociedad, para corregir las desigualdades existentes, usa el poder político para
1) compensar las desigualdades generadas por la libre competencia en el mercado; 2) restringir las libertades individuales de quienes no contribuyen a la mayor libertad de todos; 3) favorecer con acciones de "discriminación positiva" a los menos favorecidos; 4) terminar con toda forma de intolerancia y 5) fomentar la cooperación, más allá de la simple tolerancia, entre todos los miembros de la asociación.
Pero si como hemos señalado, el modelo igualitario apunta hacia la construcción de la democracia, el intervensionismo del Estado que presenta dicho modelo será aceptado, si y solamente si, se dan las siguientes condiciones:
1) [se garantice ] la vigencia del núcleo mínimo de libertades inviolables por el Estado; y 2) contribuya activamente a una mayor participación de los ciudadanos en los asuntos públicos que les afectan. La intervención estatal es necesaria en la medida ñeque constituya una vía para disminuir las desigualdades y construir así una democracia más acabada. Cumplirá su fin en el momento en que resulte prescindible. Tiene pues una función limitada: establecer las condiciones de su propia eliminación. Forma parte, por consiguiente, de un programa político transitorio.
La intervención del Estado se supera en la medida en que:
"el modelo igualitario de asociación para la libertad plantea, [..]el acceso a una igualdad real de oportunidades mediante la abolición de los obstáculos que se oponen a una democracia real. Por ello, cada una de las acciones en que intervenga el Estado en la sociedad, debe significar a la vez una lucha contra las desigualdades existentes y un refuerzo de las instancias en que los ciudadanos pueden participar en las decisiones sobre los asuntos que les convienen. El progreso en una mayor igualdad sólo se lograría en la lucha por una democracia cada vez más participativa".
Éste modelo igualitario es una asociación para la libertad, que está basado en el respeto de las libertad individual, pero no es un modelo neutral sino valorativo, y por lo mismo, acepta la intervención del Estado, para corregir las desigualdades existentes en la sociedad, pero sólo en la medida en que ésta intervención es justificada razonablemente, es decir, una vía para lograr la mayor libertad de todos, incluido el del Estado.
Debe entenderse entonces que esta intervención del Estado que propone el modelo igualitario, tiene un límite de existencia para no llegar a un Estado con poderes permanentes. Cada una de las acciones en que intervenga el Estado en la sociedad, debe significar a la vez una lucha contra las desigualdades existentes y un esfuerzo de las instancias en que los ciudadanos pueden participar en las decisiones sobre los asuntos que les convienen.
Finalmente cabe señalar que el poder fáctico contiene también otro subsistema caracterizado por acciones completamente no institucionales y no reconocidos por toda la comunidad política. Este subsistema contiene entre otros el crimen privado y el terrorismo. Y sobre la abolición de éstos, se requiere tanto del trabajo conjunto del poder público como del poder fáctico, y quizás aquí, el intervensionismo es justificable aunque sólo en la medida en que se garanticen los derechos humanos del resto de la sociedad civil y del propio gobierno.
Tenemos entonces que ante las fuerzas políticas tanto públicas como fácticas, tradicionales y emergentes la propuesta es, una asociación igualitaria para la libertad que no se quede sólo en la tolerancia, sino que pase a las acciones humanas de la cooperación.
Así el modelo igualitario de sociedad iría más allá [...] de la condescendencia a la existencia del punto de vista del otro, [...] intentaría comprender su valor y compartirlo, lo cual abriría a cada quien la posibilidad de verse a sí mismo y a la sociedad con ojos ajenos, identificando parcialmente su posición con la del otro. Sólo así se puede pasar de la aceptación de la existencia del otro, al diálogo y a la colaboración activa con él en un propósito común. El reconocimiento del valor insustituible del punto de vista ajeno lleva a considerar la multiplicidad de elecciones de vida como un enriquecimiento de la sociedad, por los valores específicos que cada quien puede aportarle. El diálogo entre agentes igualmente libres, otorga un valor nuevo a la vida en común [...] una política igualitaria [...] propone un valor común a todos los miembros de la sociedad. No puede por lo tanto, considerar a la justicia como un simple procedimiento para la convivencia de puntos de vista distintos.
Para concluir quiero señalar que el desarrollo político de cada país, y por lo tanto del nuestro, apuntará hacia una auténtica democracia, sólo en la medida en que se fusione bajo un modelo igualitario, el poder público con la ala positiva del poder fáctico. Se trata de un trabajo conjunto de cooperación entre gobierno, ONG´s, partidos políticos, movimientos estudiantiles, movimientos feministas, movimientos ciudadanos, movimientos ecológicos, movilizaciones de consumidores y usuarios de servicios, movimientos de minorías étnicas y lingüísticas, movimientos de luchas por cuestiones de sanidad y salud, y por supuesto, todo tipo de movimientos significativos, que conllevan directamente a una democracia real, como lo son, los auténticos movimientos por la paz.
BIBLIOGRAFÍA
Bobbio, Norberto, Liberalismo y democracia, FCE, México, 1989.
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Foucault, Michel, Microfísica del poder, La piqueta, Madrid, 1992.
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Offte, Claus, Partidos políticos y nuevos movimientos sociales, Editorial Sistema, Madrid, 1996.
Velasco, Ambrosio (comp.), Resurgimiento de la teoría política en el siglo XX: filosofía, historia y tradición, UNAM, México, 1999.
Villoro, Luis, El poder y el valor. Fundamentos de una ética política, FCE, México, 1997.


















